
Yo, Jorge Raúl Nacif, soy aficionado a la fiesta brava desde los siete años de edad y la verdad es que los toros son mi pasión, además de que quiero dedicarme a la crónica taurina. Desde que era pequeño jamás vi algo malo en las corridas de toros y nunca entendí a aquellas personas que estaban en contra, aunque siempre las respeté.
A ultimas fechas he notado que el antitaurinismo van en ascenso, por lo que es bueno aclarar realmente si las corridas son o no moralmente malas. Soy también católico prácticante, por lo que quise saber si las corridas son o no pecado; de antemano sabía la respuesta, pero me di a la tarea de investigar, investigación que comparto ahora.
En la edad media y principios de la moderna, las corridas de toros no tenían nada que ver como las conocemos hoy en día, ya que eran verdaderas carnicerías donde no solamente moría el toro, sino decenas de caballos y personas. No había toreo como tal, sino que eran literalmente “corridas”: soltaban al toro y los “toreros” trataban de darle muerte sin capote o muleta, sólo con su espada y alguno que otro a caballo.
Este espectáculo era realmente cruento, por lo que en 1567, el Papa San Pío V, en su bula DE SALUTIS GREGIS DOMINICI, ordena lo siguiente:
Pensando con solicitud en la salvación de la grey del Señor, confiada a nuestro cuidado por disposición divina, como estamos obligados a ello por imperativo de nuestro ministerio pastoral, nos afanamos incesantemente en apartar a todos los fieles de dicha grey de los peligros inminentes del cuerpo, así como de la ruina del alma.
En verdad, si bien se prohibió, por decreto del concilio de Trento, el detestable uso del duelo --introducido por el diablo para conseguir, con la muerte cruenta del cuerpo, la ruina también del alma--, así y todo no han cesado aún, en muchas ciudades y en muchísimos lugares, las luchas con toros y otras fieras en espectáculos públicos y privados, para hacer exhibición de fuerza y audacia; lo cual acarrea a menudo incluso muertes humanas, mutilación de miembros y peligro para el alma.
Por lo tanto, Nos, considerando que esos espectáculos en que se corren toros y fieras en el circo o en la plaza pública no tienen nada que ver con la piedad y caridad cristiana, y queriendo abolir tales espectáculos cruentos y vergonzosos, propios no de hombres sino del demonio, y proveer a la salvación de las almas, en la medida de nuestras posibilidades con la ayuda de Dios, prohibimos terminantemente por esta nuestra Constitución, que estará vigente perpetuamente, bajo pena de excomunión y de anatema en que se incurrirá por el hecho mismo (ipso facto), que todos y cada uno de los príncipes cristianos, cualquiera que sea la dignidad de que estén revestidos, sea eclesiástica o civil, incluso imperial o real o de cualquier otra clase, cualquiera que sea el nombre con el que se los designe o cualquiera que sea su comunidad o estado, permitan la celebración de esos espectáculos en que se corren toros y otras fieras es sus provincias, ciudades, territorios, plazas fuertes, y lugares donde se lleven a cabo.
Prohibimos, asimismo, que los soldados y cualesquiera otras personas osen enfrentarse con toros u otras fieras en los citados espectáculos, sea a pie o a caballo.Después de una lectura rápida, parecería ser que las corridas de toros están prohibidas bajo pena de excomunión, pero no es así. Analizando las cosas en su contexto (cual debe ser en todo) lo que San Pío V condena son las corridas de toros como se hacían en aquellos tiempos, que como dije, nada tiene que ver a como son en la actualidad.
Ahora bien, queda claro (por los argumentos que pone las protectoras) que San Pío V condena esta espectáculo no porque mueran animales, ni lo menciona, sino porque había muchas personas que morían. Y es que el mensaje de Jesucristo y la ley moral son del hombre y para el hombre, el animal queda fuera, aunque el Catecismo de la Iglesia Católica, en su canon 2415, dice que debemos respetar a las especies animales y vegetales, además de que el 2417 afirma que la muerte a animales, si es para beneficio del hombre (comida, vestido, experimentación científica, etc.), no tiene mayor relevancia. Desde siempre, el toro de lidia se come, es para comer, por lo tanto su muerte no es la causa de esta bula, sino que el hombre tentaba a Dios exponiendo su vida, sabiendo de antemano que morir era lo más probable.
El Rey de España, Felipe II, no acató esta orden, por lo que quedó sin validez jurídica. Recordemos que en aquella época existía el llamado patriarcado regio, por el cual los reyes eran los depositarios de las acciones papales, clara muestra de la unión entre gobierno e Iglesia. Por lo tanto, si una persona desobedecía algún mandato papal, podría ser encarcelado y juzgado por la autoridad política, peor como aquí el Rey no aceptó, no hubo penas civiles.
Ahora bien, esto es con respeto a este documento pontificio, pero hay más. Años más tarde, el Papa Gregorio XIII publicó su encíclica EXPONI NOBIS, en la cual delimitó, por llamarlo de algún modo, lo expresado en la bula de San Pío V. Gregorio XIII derogó la pena de excomunión para toreros y asistentes a festejos, “siempre que se hubiesen tomado, además, por aquellos a quienes competa, las correspondientes medidas a fin de evitar, en lo posible, cualquier muerte”.
El Papa Clemente VIII, en 1596, levantó todas las penas de excomunión y permitió las corridas de toros en cualquiera de sus modalidades, ya que, se dice, el Papa era aficionado a las corridas de todos. Esto lo hizo en el Brevi SUSCEPI MUNERIS.
Así que, por donde se le vea, las corridas de toros en la actualidad son permitidas y aceptadas por la Iglesia Universal. He conocido, además, varios sacerdotes taurinos y que, incluso, hasta han toreado vaquillas.
El mismísimo San Josémaria Escrivá, fundador del Opus Dei, era taurino de cepa; recuerdo haber visto un video donde practicaba los movimientos del toreo de salón con el matador Antonio Bienvenida en una tertulia.
Juan Pablo II no estaba en contra de la fiesta, es más, he sabido que llegó a recibir a varios toreros en El Vaticano y bendecía sus avios para la lidia.
Las Plazas de toros cuentan con capilla y sacerdotes a cargo, enviados ahí por el Obispo responsable, Obispos en comunión perfecta con la Santa Sede.
Así que, a manera de conclusión, la lidia de toros no tiene mayor conflicto ético y son totalmente permitidas por la Iglesia y por las leyes morales. Olé.